La Ley del Mono o Ley número 20.898, permite regularizar una vivienda o una ampliación, realizando un trámite simplificado.
En este instrumento se establece el procedimiento para regularizar viviendas de autoconstrucción: viviendas con edificaciones realizadas por el propietario sin previo permiso de la municipalidad, pasando por alto los estándares de estabilidad, seguridad y habitabilidad.
Este reglamento legitima las obras de construcción que realizó el dueño de la propiedad y facilita los pasos para su regularización: permiso de edificación y recepción final. Ambos trámites se realizan al mismo tiempo y con beneficios al pagar los Derechos Municipales. Sin embargo, para realizar el procedimiento la vivienda deberá cumplir ciertos requisitos.
Que la vivienda sea menor a 90 (m2) y el avalúo fiscal menor a 1.000 UF.
Que la vivienda sea menor a 140 (m2) y el avalúo fiscal menor a 2.000 UF.
Que la vivienda haya sido construida antes del 4 de febrero de 2016.
Que la casa no tenga reclamaciones pendientes en la Dirección de Obras Municipales o en el Juzgado de Policía Local.
Que cumpla con los requisitos técnicos y normativos que indican la ley 20.898
Se trata de un trámite simplificado, por lo cual tiene menos exigencias que otros trámites de regularización de propiedades, solo con un plano de arquitectura.
No deberá realizar el trámite de recepción final de la propiedad porque viene incluido en el trámite de esta ley, ya que es permiso y recepción a la vez.
Aumento de la plusvalía de su propiedad.
Los pagos de los derechos municipales son menores a los otros tipos de regularizaciones y en algunos casos está exento de pago.